Micelio
Auto20 de enero de 2020

A- de 2020

Ponente Alejandro Linares Cantillo

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Fallo De Tutela
  • Efectos inter comunis
Sentencia De La Corte Constitucional
  • Análisis de cumplimiento de las órdenes impartidas en el marco de la sentencia T-970/09
  • Declarar el cumplimiento parcial de las órdenes impartidas en auto 219 de 2012, en el marco de la sentencia T-970-09
Solicitud De Cumplimiento De Sentencia De Tutela E Incidente De Desacato
  • Son medios idóneos y eficaces para exigir el cumplimiento de las sentencias de tutela
  • Competencia excepcional de la Corte Constitucional
Juez De Tutela
  • Modulación de orden para asegurar el goce del derecho amparado
9 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Incidente de desacato de la Sentencia T-970/09.

Con la presente providencia la Corte analiza si se dio cumplimiento a la orden tercera del auto 219/12, relativa a la contratación de un peritaje integral que permitiera conocer las condiciones actuales de habitabilidad de las viviendas del conjunto residencial “Ciudad del Sol I”, particularmente en cuanto a las condiciones geológicas de los suelos subyacentes y perimetrales.

Así mismo, determinó la procedencia de hacer efectiva la orden séptima del fallo de tutela de la referencia, referente al diseño de un plan de reubicación para todos los habitantes de la precitada propiedad horizontal.

La Sala resolvió declarar cumplida la orden dictada en el numeral tercero del Auto 219 mencionado y, declarar que, con la información disponible, no es posible dar cumplimiento de la orden séptima del numeral séptimo resolutivo de la providencia 970/09.

Se ordena a la alcaldía de Barranquilla que reconozca y pague el subsidio de arrendamiento transitorio por valor de un SMMLV a los propietarios de los apartamentos que integran el Conjunto Residencial “Ciudad del Sol I”, hasta tanto no exista una decisión definitiva y ejecutoriada dentro del proceso de acción de grupo que en la actualidad cursa ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, en los términos descritos en esta providencia y, en particular, con la advertencia de que (i) dicho subsidio no se entregará a quienes habiten en el Conjunto Residencial en cuestión o (ii) hayan celebrado algún contrato, como el de arrendamiento, para que terceras personas residan allí.

También se ordena a dicha entidad territorial, que realice una nueva reunión con los propietarios del Conjunto Residencial aludido, para establecer con certeza las condiciones establecidas en el numeral anterior para efectos de la entrega del subsidio de arrendamiento, proceso que deberá estar acompañado por los órganos de control correspondientes, tales como la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y convocada por el juez constitucional de primera instancia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (12 puntos)
  1. PRIMERO. DECLARAR cumplida la orden dictada en el numeral
  2. tercero. de la parte resolutiva del auto 219 de 2012, en los terminos de esta providencia.
  3. SEGUNDO. DECLARAR que con la informacion disponible, no es posible dar cumplimiento de la orden septima dictada en el numeral
  4. septimo. de la parte resolutiva de la sentencia T-970 de 2009, en los terminos de esta providencia.
  5. TERCERO. ORDENAR a la alcaldia de Barranquilla que reconozca y pague subsidio de arrendamiento transitorio por valor de un SMMLV a los propietarios de los apartamentos que integran el Conjunto Residencial "Ciudad del Sol I", hasta tanto no exista una decision definitiva y ejecutoriada dentro del proceso de accion de grupo que en la actualidad cursa ante la Jurisdiccion de lo Contencioso Administrativo, en los terminos descritos en esta providencia y, en particular, con la advertencia de que (i) dicho subsidio no se entregara a quienes habiten en el Conjunto Residencial en cuestion o (ii) hayan celebrado algun contrato, como el de arrendamiento, para que terceras personas residan alli.
  6. CUARTO. ORDENAR a la alcaldia de Barranquilla que realice una nueva reunion con los propietarios del Conjunto Residencial "Ciudad del Sol I", para establecer con certeza las condiciones establecidas en el numeral anterior para efectos de la entrega del subsidio de arrendamiento, proceso que debera estar acompanado por los organos de control correspondientes, tales como la Procuraduria General de la Nacion, la Defensoria del Pueblo y convocada por el juez constitucional de primera instancia.
  7. QUINTO. REMITIR el expediente de tutela, asi como las pruebas recaudadas en sede de cumplimiento al Juzgado
  8. Decimo. Penal Municipal de Barranquilla para que defina sobre el cumplimiento de las demas ordenes impartidas en la sentencia T-970 de 2009 y en los numerales segundo,
  9. tercero. y
  10. cuarto. de esta providencia.
  11. SEXTO. Por conducto de la Secretaria General de la Corte Constitucional, NOTIFICAR por Estado la presente decision y COMUNICAR lo aqui decidido a las partes que integran el proceso de tutela de la referencia.
  12. Contra la presente decision no procede ningun recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.